El soporte de la carga deberá diseñarse y fabricarse de manera que se prevengan los riesgos debidos al contacto de las personas u objetos que se encuentren en él o sobre él con elementos fijos o móviles. En caso necesario, para cumplir este requisito, el propio soporte de la carga deberá estar totalmente cerrado y tener puertas provistas de un dispositivo de enclavamiento que impida los movimientos peligrosos del soporte de la carga si las puertas no están cerradas. Las puertas deberán permanecer cerradas cuando el soporte de la carga se detenga entre dos rellanos, si existe riesgo de caída desde el soporte de la carga.
La máquina o los productos relacionados deberán diseñarse, fabricarse y, en caso necesario, estar provistos de dispositivos que impidan los movimientos incontrolados de subida o de bajada del soporte de la carga. Dichos dispositivos deberán poder detener el soporte de la carga con la carga máxima de utilización y a la velocidad máxima previsible.
La acción de parada no deberá provocar deceleraciones perjudiciales para los ocupantes, en ninguna condición de carga.