Los resguardos o los dispositivos de protección diseñados para proteger a las personas contra los peligros ocasionados por los elementos móviles que intervienen en el trabajo serán:
- a)resguardos fijos, tal como se indica en el punto 1.4.2.1; o
- b)resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento, tal como se indica en el punto 1.4.2.2. o
- c)dispositivos de protección, tal como se indica en el punto 1.4.3; o
- d)una combinación de los anteriores.
No obstante, cuando determinados elementos móviles que intervienen directamente en el trabajo no puedan hacerse completamente inaccesibles durante su funcionamiento debido a operaciones que requieran la intervención del operador, dichos elementos deberán estar provistos de:
- a)resguardos fijos o resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento que impidan el acceso a las partes de los elementos que no se utilicen para el trabajo; y
- b)resguardos regulables, tal como se indica en el punto 1.4.2.3, que restrinjan el acceso a las partes de los elementos móviles a las que sea necesario acceder.