Los resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento deberán:
- a)en la medida de lo posible, permanecer unidos a la máquina o al producto relacionado cuando estén abiertos;
- b)estar diseñados y fabricados de manera que solo puedan ajustarse por medio de una acción intencionada.
Los resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento deberán estar asociados a un dispositivo de enclavamiento que:
- a)impida la puesta en marcha de funciones peligrosas de la máquina o del producto relacionado hasta que estén cerrados; y
- b)dé una orden de parada en cuanto dejen de estar cerrados.
Cuando un operador pueda alcanzar la zona peligrosa antes de que haya cesado el riesgo debido a las funciones peligrosas de la máquina o del producto relacionado, los resguardos móviles deberán estar asociados a un dispositivo de bloqueo del resguardo, además de a un dispositivo de enclavamiento que:
- a)impida la puesta en marcha de las funciones peligrosas de la máquina o del producto relacionado hasta que el resguardo esté cerrado y bloqueado; y
- b)mantenga el resguardo cerrado y bloqueado hasta que haya cesado el riesgo de lesiones debido a las funciones peligrosas de la máquina o del producto relacionado.
Los resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento deberán estar diseñados de forma que la ausencia o el fallo de uno de sus componentes impida la puesta en marcha o provoque la parada de las funciones peligrosas de la máquina o del producto relacionado.