Cuando la seguridad y la salud de las personas puedan verse amenazadas por un funcionamiento defectuoso de una máquina o de un producto relacionado que funcione sin vigilancia, dicha máquina o producto relacionado deberán estar equipados de manera que emitan una señal de advertencia acústica o luminosa adecuada.
Si la máquina o el producto relacionado están provistos de dispositivos de advertencia, estos deberán poder ser comprendidos sin ambigüedad y percibirse fácilmente. Deberán tomarse medidas para que el operador pueda comprobar la eficacia permanente de dichos dispositivos de advertencia.
Deberán aplicarse las disposiciones de los actos jurídicos específicos de la Unión relativos a los colores y señales de seguridad.