Cuando resulte apropiado y las condiciones de trabajo lo permitan, los puestos de trabajo que formen parte integrante de la máquina o del producto relacionado deberán estar diseñados para la instalación de asientos.
Si está previsto que el operador trabaje sentado y el puesto de trabajo forma parte integrante de la máquina o del producto relacionado, el asiento se suministrará con la máquina o el producto relacionado.
El asiento del operador le permitirá mantener una posición estable. Además, el asiento y la distancia entre este y los órganos de accionamiento deberán poder adaptarse al operador.
Si la máquina o el producto relacionado están sometidos a vibraciones, el asiento se diseñará y fabricará de manera que se reduzcan las vibraciones transmitidas al operador al nivel más bajo que sea razonablemente posible. El anclaje del asiento deberá resistir todas las tensiones a las que pueda estar sometido. Si no hay suelo bajo los pies del operador, este deberá disponer de reposapiés antideslizantes.