Cuando exista el riesgo de que los operadores u otras personas transportadas por la máquina puedan quedar aplastados entre elementos de la máquina y el entorno en caso de vuelco o volcado lateral, en particular en las máquinas equipadas con una estructura de protección de las contempladas en los puntos 3.4.3 o 3.4.4:
- a)la máquina deberá diseñarse o equiparse con un sistema de retención que mantenga a las personas en sus asientos o dentro de la estructura de protección, sin obstaculizar los movimientos necesarios para las operaciones ni los movimientos debidos a la suspensión de los asientos respecto a la estructura;
no deberá ser posible el desplazamiento de la máquina cuando exista un riesgo significativo de vuelco o volcado lateral y no se esté utilizando un sistema de retención;
dichos sistemas de retención o soluciones deberán tener en cuenta los principios ergonómicos y no deberán instalarse si aumentan los riesgos;
- b)deberá emitirse una señal visual y acústica en el puesto de conducción para avisar al conductor cuando se encuentre en posición de conducción y el sistema de retención no esté en uso.