En su caso, las máquinas o productos relacionados móviles autónomos deberán disponer de una función de supervisión específica para el modo autónomo. Dicha función deberá permitir al supervisor recibir a distancia información de la máquina. La función de supervisión solo deberá permitir acciones para detener y poner en marcha la máquina o el producto relacionado a distancia o para llevarlos a una posición segura y a un estado seguro con el fin de no generar otros riesgos. Además, deberá diseñarse y fabricarse de manera que solo permita dichas acciones cuando el supervisor pueda ver directa o indirectamente la zona de desplazamiento y de trabajo de la máquina y los dispositivos de protección estén operativos.
La información que el supervisor reciba de la máquina cuando la función de supervisión esté activa deberá permitirle disponer de una visión completa y precisa del funcionamiento, el desplazamiento y el posicionamiento seguro de la máquina en su zona de desplazamiento y de trabajo.
Dicha información deberá alertar al supervisor de la aparición de situaciones imprevistas o peligrosas, presentes o inminentes, que requieran su intervención.
Si la función de supervisión no está activa, la máquina no deberá poder funcionar.